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Una sentencia reconoce la retroactividad del complemento de puesto de trabajo de la Policía Municipal de Estella-Lizarra

PM, !cid_7a1dcef5-4f51-47f3-ba91-d002df5c84f7(Miércoles, 6 de abril de 2022)El Juzgado Contencioso Administrativo reconoce, en una sentencia del pasado día 29 de marzo, la retroactividad del complemento de puestos de trabajo de la Policía Municipal de Estella-Lizarra. Ha desestimado el recurso del Ayuntamiento contra una resolución del TAN del 27 de septiembre de 2021 que ya lo reconocía.

Con esta sentencia, se establece que el Ayuntamiento tenía la obligación de realizar el desarrollo reglamentario de la Ley de Policías que le exigía la plantilla, y también que debería haber aplicado ese desarrollo con carácter retroactivo a las retribuciones de los Policías Municipales desde el 1 de enero de 2019. “Esto significa que el Ayuntamiento de Estella-Lizarra, sigue adeudando una importante cantidad de dinero a las nóminas de sus trabajadores de Policía Municipal y que calculamos podría rondar los 160.000€ en total”, indican los 2 representantes de personal del sindicato CSIF.

En una nota expresan su satisfacción “al ver como también el juzgado contencioso reconoce que aquello que exigíamos allá por el mes de enero de 2021, y que motivó varias movilizaciones de la plantilla, era una pretensión completamente legítima y ajustada a derecho”. El consistorio pagará las costas de 4.000 euros. El fallo sienta jurisprudencia para el resto de policías locales de Navarra.

Publicamos la nota de prensa de los 2 representantes  de personal en el Ayuntamiento de Estella-Lizarra por CSIF Navarra.

EL JUZGADO CONTENCIOSO RECONOCE TAMBIEN LA RETROACTIVIDAD DEL COMPLEMENTO DE PUESTO DE TRABAJO DE LA POLICIA MUNICIPAL DE ESTELLA-LIZARRA.

En sentencia 000073/2022 del 29 de marzo, el juzgado de lo contencioso administrativo Nº3 de Pamplona, ha desestimado el recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Estella-Lizarra contra la resolución del TAN de fecha 27 de septiembre de 2021 que reconocía la retroactividad del complemento de puesto de trabajo de los policías municipales de Estella.

Con esta sentencia, el Juzgado Contencioso reconoce que el Ayuntamiento tenía la obligación de realizar el desarrollo reglamentario de la Ley de Policías que le exigía la plantilla, y también que debería haber aplicado ese desarrollo con carácter retroactivo a las retribuciones de los Policías Municipales desde el 1 de enero de 2019.

Esto significa que el Ayuntamiento de Estella-Lizarra, sigue adeudando una importante cantidad de dinero a las nóminas de sus trabajadores de Policía Municipal y que calculamos podría rondar los 160.000€ en total.

Los representantes sindicales que iniciamos esta reclamación con el apoyo de nuestro sindicato CSIF nos sentimos satisfechos al ver como también el juzgado contencioso reconoce que aquello que exigíamos allá por el mes de enero de 2021, y que motivó varias movilizaciones de la plantilla, era una pretensión completamente legítima y ajustada a derecho.

La sentencia reconoce sin titubeos, al igual que lo hacía la resolución del TAN, que el nuevo régimen de retribuciones tiene carácter retroactivo al 1 de enero de 2019, algo que el Ayuntamiento estaba intentando sortear para evitar liquidar las retribuciones que debe a sus empleados.

Además, la sentencia condena en costas al Ayuntamiento (calculadas en unos 4.000€) que tendrán que salir de las arcas municipales.

Con esta contundente sentencia, esperamos que el Ayuntamiento cumpla por fin con su deber y no haga más grande la deuda, liquidando las retribuciones adeudadas a su plantilla.

Esta sentencia, sienta una jurisprudencia importante para el resto de Administraciones de Navarra, algunas de las cuales aún no han procedido a desarrollar reglamentariamente la ley de policías y que tarde o temprano tendrán que hacerlo, aplicando los complementos resultantes con carácter retroactivo.

Representantes de personal en el Ayuntamiento de Estella-Lizarra. CSIF Navarra”.

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