Uncategorized

EHBildu pedirá en una moción que se revisen las retribuciones de los ediles

 El grupo municipal de EHBildu, con 6 de los 17 concejales, presentará una moción para revocar el acuerdo adoptado en julio, por el que el Pleno estableció las reetribuciones de los corporativos.

Publicamos de forma textual el escrito del grupo municipal de EHBildu, en Estella-Lizarra.

“A través de esta nota de prensa, queremos informaros de que el grupo municipal de EHBildu en el Ayuntamiento de Estella-Lizarra ha presentado esta mañana (lunes 7 de octubre) una moción para que el Pleno revoque y deje sin efecto el acuerdo Quinto del punto 6 del pleno ordinario celebrado el 18 de julio de 2019 del Ayuntamiento de Estella-Lizarra por el que se acordó las distintas retribuciones de los concejales y concejalas en concepto de asistencias a los órganos colegiados de la Corporación en función del cargo que ocupan dentro de estos órganos colegiados.

En el acuerdo Quinto del punto seis del orden del día del pleno ordinario celebrado el 18 de julio de 2019 del Ayuntamiento de Estella-Lizarra, se establecía:

«que los importes señalados en concepto de asistencias en los dos resolutivos anteriores se abonarán previa acreditación de la concurrencia efectiva a las sesiones de que trae causa y por periodos mensuales; disponiendo, para cada uno de los periodos, el límite —por persona y mes y con independencia de la legislatura a que se refiera— que se detalla a continuación:

  • Miembros que ostenten la Presidencia de órgano colegiado de la Corporación: 800 euros brutos, siempre y cuando se justifique al menso la asistencia a una comisión de la que ostente la Presidencia.
  • Resto de corporativos: 500 euros brutos».

 

De este modo, se establece una diferencia de 300 euros en las retribuciones POR EL MISMO CONCEPTO (asistencia) entre distintos concejales.

 

Analizando dicho acuerdo, hemos tenido conocimiento de la sentencia del Tribunal Supremo de 1 diciembre de 1995 (RJ 1995\9009), que establece que no cabe recoger discriminaciones retributivas en concepto de asistencia entre los cargos asistentes a un órgano municipal, bien sean al Pleno o a las Comisiones, tal y como se recoge en el siguiente párrafo de dicha sentencia:

«En cuanto a las diferentes cantidades asignadas en casos de dietas por asistencia a las sesiones se llega a la conclusión en virtud de criterios de razonabilidad de que debe acogerse la argumentación de los apelantes respecto a que no supone necesariamente mayor trabajo la preparación de las sesiones por quien ejerce cargos de mayor responsabilidad. Pues la conducta exigible de los miembros de la Corporación, tanto los que forman parte de equipo de gobierno municipal como los demás, es una diligencia extrema en el estudio de los asuntos examinados por los órganos colegiados. No es de apreciar por tanto que exista mayor trabajo como consecuencia de la sesión para el que es titular de un cargo en el equipo de gobierno, pues ello supondría una mera asistencia pasiva de los demás Concejales que es desde luego contraria al espíritu de la legislación reguladora y a las exigencias del interés público».

 

Así pues, una vez hemos tenido conocimiento de que dicho acuerdo no se ajusta a derecho, el grupo municipal de EHBildu en el Ayuntamiento de Estella-Lizarra ha presentado esta moción para que se corrija el error desde el propio Ayuntamiento, con el fin de evitar las repercusiones económicas que, tanto para el Ayuntamiento como para los propios concejales y concejalas, se derivarían de una sentencia por parte del Contencioso que confirmara la invalidez de ese acuerdo trascurrido un largo periodo de tiempo.

 

Por esa razón, en la moción que hemos presentado propondremos los siguientes ACUERDOS:

  1. Revocar y dejar sin efecto el acuerdo quinto del punto 6 del pleno ordinario del Ayuntamiento de Estella-Lizarra celebrado el 18 de julio de 2019 porque dicho acuerdo no se ajusta a derecho.
  2. Aprobar un límite como retribución por persona y mes de 500 euros para todos los concejales y concejalas del Ayuntamiento de Estella-Lizarra.
  3. Dar carácter retroactivo a los anteriores acuerdos a la fecha de 15 de junio de 2019, para que los representantes que hayan percibido esas cantidades superiores basadas en el acuerdo mencionando devuelvan dichas cantidades.

 

En caso de no aprobación, EHBildu agotará las vías legales para que el sistema de retribuciones se ajuste a la ley.

 

EUSKAL HERRIA BILDU

Estella-Lizarra, 7 de octubre de 2019″.

Comentarios