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54 localidades con toque de queda

(Miércoles, 25 de agosto de 2021)El Gobierno de Navarra, con el aval del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, ha renovado, mediante la Orden Foral 31/2021, de 24 de agosto, la limitación selectiva de la movilidad nocturna, mientras se mantienen vigentes el resto de medidas específicas de prevención frente al COVID-19.

La medida, que se aplica en aquellos municipios en un nivel de riesgo muy alto, con valores de incidencia por encima de los 250 casos por 100.000 habitantes en 14 días y los 125 en los últimos 7, afecta a 54 localidades.  La nueva norma, que estará en vigor entre el viernes 27 de agosto (00.00 horas) y el 2 de septiembre (incluido), mantiene asimismo la limitación de la movilidad nocturna -entre las 01:00 y las 06:00- los sábados y domingos, festivos, y fechas (incluidas las vísperas) en aquellos municipios en los que hubiera correspondido celebrarse las fiestas patronales (10 localidades). Si la medida afectara a municipios en cuyo ámbito territorial existan concejos, con fechas distintas de fiestas patronales, esta medida solamente se aplicará durante esos días a los concejos en los que se hubieran celebrado las fiestas y no en al resto del municipio.

En estas localidades, únicamente se podrá circular durante esas horas nocturnas para actividades como la adquisición de medicamentos y productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad, asistencia a servicios sanitarios y veterinarios, cumplimiento de obligaciones laborales o legales, cuidado de personas vulnerables, repostaje en gasolineras para la realización de las actividades citadas hasta ahora, y por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

El TSJN considera las medidas “idóneas” y “proporcionadas”

La Sala señala en su auto que “esta medida continúa siendo necesaria, a la vista de los datos de contagios, para proteger la salud de las personas, vacunadas y no vacunadas”. De hecho, en el informe del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra se indica que la incidencia acumulada a los 7 días es de 144,96 casos por 100.000 habitantes, un dato que indica una tendencia decreciente, “aunque todavía con niveles de riesgo extremos o muy altos”.

El tribunal constata que la situación epidemiológica va mejorando aunque la positividad está todavía en niveles muy superiores a lo deseable. Asimismo, destaca que ha aumentado el número de personas hospitalizadas en planta y especialmente en UCI, “siendo llamativo el crecimiento de pacientes en esta unidad durante la última semana, hasta el punto de haber alcanzado el nivel de ocupación más alto de esta quinta ola”.

La Sala vuelve a sostener que la restricción de la movilidad nocturna en los términos acordados es una medida “idónea”, “necesaria” y “proporcionada” ya que supone el “mínimo imprescindible” para reducir la cadena de contagios. No obstante, las restricciones deberán seguir siendo justificadas conforme el tiempo vaya pasando en la medida que afectan a los derechos fundamentales.

No hay cambios en otras normativas y artículos vigentes y se mantienen horarios de cierre, aforos y medidas en diferentes actividades y ámbitos ya conocidas previamente.

 

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