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Salud llama a vacunarse a los que todavía no se han inmunizado

(Martes, 17 de agosto de 2021). El Departamento de Salud prevé llamar esta semana a las personas que todavía no se han vacunado, especialmente a las menores de 40 años, para ofrecerles una cita para recibir sus dosis y de esta forma avanzar en la estrategia de vacunación. En lo que se refiere a los grupos más jóvenes, el 53% de la población de 12 a 19 años ha recibido al menos una dosis.
En el Área de Estella-Lizarra se vacunará en el Hospital García Orcoyen de lunes a sábado. Además, el miércoles se administrarán dosis en Estella-Lizarra (escuela de música), Lodosa (casa de cultura), San Adrián (casa de la juventud), Villatuerta (frontón polideportivo) y Allo (frontón); y el jueves, en todas estas localidades y además en Ancín-Amescoa (Ayuntamiento) y Los Arcos (casa de cultura). Durante esta semana está previsto que se administren 1.042 dosis.
El toque de queda, de 1 a 6 de la madrugada se extiende durante una semana más a Estella-Lizarra, como a otras 88 localidades. En el caso de la ciudad del Ega por el “nivel de riesgo muy alto, con una incidencia acumulada a los 14 días de 1238,23;
La medida afecta a 88 localidades, lo que supone un descenso del 27% respecto a los datos de la semana pasada (121 localidades). La nueva norma, que estará en vigor entre el viernes 13 (00.00 horas) y el 19 de agosto (23:59 h.) mantiene la limitación de la movilidad nocturna -entre las 01:00 y las 06:00- los sábados y domingos, festivos, y fechas (incluidas las vísperas) en las que hubiera correspondido celebrarse las fiestas patronales (28 poblaciones).
Si la medida afectara a municipios en cuyo ámbito territorial existan concejos, con fechas distintas de fiestas patronales, esta medida solamente se aplicará durante esos días a los concejos en los que se hubieran celebrado las fiestas y no en al resto del municipio. En estas localidades, únicamente se podrá circular durante esas horas nocturnas para actividades como la adquisición de medicamentos y productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad, asistencia a servicios sanitarios y veterinarios, cumplimiento de obligaciones laborales o legales, cuidado de personas vulnerables, repostaje en gasolineras para la realización de las actividades citadas hasta ahora, y por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
La Sala, en su auto, señala que “esta medida continúa siendo necesaria, a la vista de los datos de contagios, para proteger la salud de las personas, vacunadas y no vacunadas”. De hecho, en el informe del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra se indica que la incidencia acumulada a los 7 días es de 273,12 casos nuevos por 100.000 habitantes, un dato que indica un cambio en la tendencia, ahora ligeramente decreciente, “aunque todavía con niveles de riesgo extremos o muy altos”.
El TSJN considera esta medida “idónea, esto es eficaz para la contención de los contagios al evitar la interacción social en momentos en que se relajan las medidas de prevención, como el uso de mascarilla o la distancia social”. También señala que es “necesaria, dada la gravedad de la situación” y “proporcionada porque se adopta en el mínimo imprescindible para reducir la cadena de contagios”.
La Orden Foral 29/2021 modifica el punto 15.2 de la Orden Foral 22/2021, de 29 de junio, estableciendo la excepción en las competiciones autorizadas de la obligación de que las duchas de uso colectivo podrán usarse con un aforo del 50%, no pudiendo usarse puntos terminales de ducha contiguos. En las competiciones autorizadas los equipos están compuestos por un número determinado de deportistas que pueden considerarse grupos burbuja, por lo que “parece razonable el que no haya las restricciones que se consideran para la población general”.
Asimismo, se mantiene la limitación de un máximo de 10 personas para reuniones en el exterior, mientras no se recomienda que se supere este número en espacios privados ni que, en este ámbito, se rebasen las tres unidades convivenciales. Por otro lado, seguirá sin permitirse la celebración de pasacalles o kalejiras, la de las denominadas comidas populares y la de espectáculos taurinos de característica popular tales como encierros, encierrillos, sueltas de reses bravas o similares. Los horarios y aforos de los distintos sectores se mantienen como hasta ahora. No hay cambios en otras normativas y artículos vigentes y se mantienen el horario de cierre para hostelería y ocio nocturno fijado previamente a la 1 de la madrugada, así como aforos y medidas en diferentes actividades y ámbitos ya conocidas previamente.

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