La oposición de Ayegui replica al grupo en la alcaldía sobre el alumbrado público
Los dos grupos de la oposición de Ayegui, la Candidatura Independiente Irache y EHBildu han hecho público un comunicado en el que contestan a Ayegui Unido, en la alcaldía, sobre el expediente de renovación del alumbrado público. Señalan que la Cámara de Comptos fiscalizará ese asunto y ajnuncia que los tribunales de justicia investigará lo que califican de “irregularidades e ilegalidades”. Reclaman, como lo hicieron en el pleno que el alcalde suspendió, que se encargue un informe técnico independiente.
Reproducimos de forma textual y entrecomillada su nota de prensa.
“CONTESTACION DE LOS GRUPOS MUNICIPALES CANDIDATURA
INDEPENDIENTE IRACHE Y EH BILDU, A LO EXPUESTO EN RUEDA DE
PRENSA POR EL GRUPO AYEGUI UNIDO EL DIA 27/02/2019 EN
RELACIÓN AL EXPEDIENTE DE CONTRATRACIÓN DEL SERVICIO
ENERGÉTICO DEL ALUMBRADO PÚBLICO DE AYEGUI-AIEGI
El Grupo Ayegui Unido
ha tardado 639 días en explicar a los vecinos de Ayegui- Aiegi
que el 30 de Mayo de 2017, el Alcalde Juan Mª Yanci, adjudicó un contrato del servicio
energético del alumbrado público de Ayegui- Aiegi a la empresa
ARET PROMOCIÓN
Y GESTIÓN DE INVERSIONES SL
, por un periodo de 10 años y un importe total
de ( 632.526
€, iva incluido), y que hasta el mes de noviembre de 2018 había
mantenido oculto , no sólo a los vecinos sino también a los concejales de la oposición.
Si el citado contrato era tan beneficioso como dicen, ¿porqué han tardado casi 2 años
en informar del mismo?
La respuesta es muy clara, no informaron porque
ES UNA ADJUDICACIÓN ILEGAL,
que vulneró la Ley Foral de Contratos Públicos, y es una
ACTUACION MUY
PERJUDICIAL PARA LOS INTERESES DE AYEGUI Y SUS VECINOS.
El grupo Ayegui Unido en la rueda de prensa que realizó el pasado 27 de Febrero de
2019, se dedicó a
MENTIR y ENGAÑAR sin reparo alguno, con el único objetivo de
confundir.
.
MIENTEN al señalar que “ todo este procedimiento se ha desarrollado guiado por el
técnico competente del Ayuntamiento y según las directrices que marca la Ley”.
Ante la acusación que realizamos de que se había vulnerado de forma ostentosa la
Ley Foral de Contratos, vulnerando los principios de publicidad, transparencia e
igualdad de oportunidades, el grupo Ayegui Unido , se limita a señalar que todo ha
sido conforme a la Ley.
Ni un solo argumento jurídico para acreditar la legalidad del expediente de
contratación. Ni un informe del Secretario Municipal
. Y no lo aportan porque no
pueden, las irregularidades e ilegalidades son tan notorias y evidentes que desisten de
aclararlas.
.
MIENTEN al defender que para renovar el alumbrado público adjudicado por un
importe superior a 600.000
€no hacía falta redactar previamente un proyecto técnico.
Como señalan sin disimulo, adjudicaron una obra, que ocultaron en el pliego de
condiciones, y
la normativa de contratación y el propio sentido común exige que
exista un proyecto o documento técnico previo que defina las actuaciones a
realizar
.
2
.
MIENTEN, al tratar de justificar que utilizaron un procedimiento negociado, invitando
directamente a 3 empresas, “
porque no era sencillo encontrar empresas que quisieran
asumir la inversión inicialmente”.
Si no fuera tan grave lo ocurrido, podía ser un buen chiste. Como puede defenderse
en público sin sonrojarse que realizar un procedimiento SIN PUBLICIDAD se
consideró más conveniente para adjudicar el contrato, precisamente porque
entendían que no había muchas empresas interesadas en licitar.
La normativa de contratación exigía por el importe y por la duración del contrato, un
procedimiento ABIERTO, con PUBLICIDAD Y TRANSPARENCIA, para que cualquier
empresa pudiera enterarse que el Ayuntamiento de Ayegui quería licitar un contrato de
tales características y ello es así porque es la forma de obtener las mejores
condiciones para el Ayuntamiento de Ayegui.
La realidad es que el grupo Ayegui Unido y su Alcalde ( ellos sabrán porqué),
decidieron premeditadamente eludir la concurrencia pública y simular un
expediente de procedimiento negociado, que terminó con la adjudicación a la
empresa ARET de un contrato superior a 600.000
€.
.
MIENTEN al señalar que no existían otras alternativas por “ el techo de
endeudamiento marcado por el Gobierno de Navarra”. Ni un informe que lo acredite, ni
un argumento sólido, sólo excusas.
Ayegui debe ser la excepción. La mayoría de localidades de Navarra están realizando
reformas del alumbrado público para mejorar la eficiencia energética y utilizan para
ello las importantes subvenciones existentes, y ningún problema tienen para respetar
la normativa de estabilidad presupuestaria. Por si no lo saben este tipo de inversiones
son financieramente sostenibles a los efectos de dicha normativa.
.
MIENTEN, al señalar que “ el hecho de no realizar el Ayuntamiento la inversión, le
impidió solicitar ayudas”.
Es de una desvergüenza insultante que se atrevan a decir
esto.
Claro que podían pedir ayudas, o es que Ayegui en este caso también es una
excepción.
Pero si en el propio pliego de condiciones administrativas que aprobó el Alcalde, Juan
Mª Yanci, (articulo 21.3) regula el tema de las subvenciones y ayudas, contemplando
expresamente que las ayudas y subvenciones se destinaran a amortizar
anticipadamente las inversiones realizadas.
Qué credibilidad tiene el grupo Ayegui Unido si no leen ni lo que aprueban.
3
.
MIENTEN al señalar el presupuesto de las inversiones realizadas. Todavía hoy día
parece que ni saben el importe de las inversiones realizadas.
Ahora dicen que unos 400.000
€. En el proyecto técnico que tuvieron que redactar en
noviembre de 2018, valoran las inversiones en 255.137,24 más iva, y el importe que
va a abonar el Ayuntamiento es de 522.748,80
€ más iva.
Es un escandalo como están gestionando los fondos públicos. Confiamos en
que a pesar del grupo Ayegui Unido, la Cámara de Comptos y los Tribunales de
Justicia aclaren lo ocurrido y puedan depurarse responsabilidades.
. Tratan de
ENGAÑAR Y CONFUNDIR, tratando de “ tapar” las ilegalidades, con los
supuestos ahorros obtenidos.
Se lo dijimos hace tiempo, hasta que no se realice un
INFORME TÉCNICO
INDEPENDIENTE
, que analice los aspectos técnicos del expediente de contratación(
pliegos de condiciones, ofertas presentadas, contratos suscrito con el adjudicatario
etc), así como del proyecto técnico realizado con posterioridad a la finalización de las
obras, y se compruebe lo ejecutado,
ponemos en duda todos los datos aportados
por Ayegui Unido respecto de los ahorros conseguidos.
Tan sólo señalar que adjudicaron dar a la empresa adjudicataria el 90% del ahorro
conseguido, durante 10 años. De haber solicitado las numerosas ayudas existentes,
se podía haber renovado el alumbrado público de Ayegui para mejorar la eficiencia
energética consiguiendo la amortización de la instalación en unos plazos muy
inferiores ( en menos de 5 años), con unos importantes ahorros para el Ayuntamiento
de Ayegui.
El grupo Ayegui Unido sigue sin dar respuesta a las preguntas que formulamos
en pleno. Es un silencio muy esclarecedor. Se las volvemos a repetir.
1.- ¿Quién redactó el pliego de cláusulas administrativas particulares “
para la
contratación del servicio energético con garantía total, del alumbrado público de
Ayegui”
¿Fue el Secretario Municipal u otro miembro de la Corporación, o el mismo fue
redactado y facilitado al Ayuntamiento de Ayegui por la empresa adjudicataria?
2.- ¿ Quién redactó el informe de caracterización y el pliego de prescripciones
técnicas?.
¿ Fue algún técnico municipal o algún técnico independiente por encargo municipal, o
el mismo fue redactado y facilitado al Ayuntamiento de Ayegui por la empresa
adjudicataria?
3.- ¿ El Secretario Municipal redactó un informe jurídico previo al inicio del expediente
de contratación como se requiere legalmente??. Si existe donde está?
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4.- ¿Existen otros informes técnicos previos al inicio del expediente de contratación o
un proyecto técnico que definiera las prestaciones objeto de licitación, especialmente
las inversiones necesarias??
¿ Quién decidió utilizar una figura contractual tan compleja como el contrato de
servicios energéticos?
¿ Porqué no se consultó con los concejales de la oposición de una decisión de tal
trascendencia ?
¿ Porqué no se valoraron otras alternativas como pedir subvenciones al Plan de
Inversiones Locales ( P.I.L) . o al IDAE como han hecho la mayoría de localidades de
Navarra?
¿ Se realizaron estudios económicos para comparar las diversas posibilidades
existentes?
5.- ¿Quien decidió realizar un procedimiento negociado sin publicidad y por tanto
ocultar la existencia del mismo a otros licitadores interesados, evitando la concurrencia
pública?.
¿ Cual fue el motivo para elegir el citado procedimiento negociado sin publicidad?
¿ No hubiera sido más adecuado para los intereses municipales y para evitar
cualquier tipo de sospechas , la convocatoria de un procedimiento abierto, y anunciado
en el portal de contratación para general conocimiento?
¿ No sabía el Alcalde de Ayegui que realmente estaban adjudicando además una obra
( sustitución a led del alumbrado público de Ayegui), y que en el pliego estaban
ocultando dicha realidad?
6.- ¿ Quien decidió invitar a las empresas señaladas en la Resolución de Alcaldía de 3
de Mayo de 2017, y cual fue el motivo para hacerlo?
7.- ¿ Sabe el Alcalde que aun a día de hoy la única información pública disponible en
Internet sobre la actividad de servicios energéticos de la empresa ARET
PROMOCIÓN Y GESTIÓN DE INVERSIONES, es la inscripción en el Registro de la
Dirección General de Minas, con fecha 29-05-2017 y por tanto con posterioridad al
inicio del expediente de contratación, y que ni siquiera tiene página web anunciando
sus servicios energéticos?
8.- ¿ Puede asegurar el Alcalde que las empresas Cactus Soluciones Energéticas y
Morabal presentaron directamente sus ofertas o las mismas fueron aportadas por
alguna otra persona o licitador?
9.- ¿ Realmente el Alcalde conocía a las 3 empresas invitadas, o alguien le sugirió que
se invitara exclusivamente a dichas empresas?.
10.- ¿ Se realizó negociación una vez presentadas las ofertas tal y como requiere el
procedimiento utilizado?
11.- ¿ Cómo es posible que el Alcalde de Ayegui suscribiera un contrato por un
importe de 522.748,80
€más iva en 10 años, a pesar de que en el pliego de
condiciones se establecía un presupuesto de 67.497,50
€más iva para los 10 años?.
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¿ No sabe el Alcalde que dicho importe requería anunciar el expediente en el portal de
contratación y que fuera el Pleno el órgano encargado de la licitación?.
¿ No sabe el Alcalde que un contrato de 10 años de duración es competencia del
pleno?
¿ No sabe el Alcalde que estaba comprometiendo económicamente al Ayuntamiento
de Ayegui para 10 años, sin tener competencia para ello?
12.- ¿ Cuál ha sido la intervención del Concejal D. Leonardo Camaces Murillo en este
expediente?
13.- ¿ Ha solicitado informes técnicos independientes para comprobar las inversiones
realizadas , la calidad y durabilidad de los equipos instalados y los supuestos ahorros
conseguidos?
Para terminar asegurar a los vecinos de Ayegui, que vamos a llegar hasta el
final.
El equipo de gobierno de Ayegui Unido , trató de impedir que el
expediente se fiscalizara por la Cámara de Comptos y no lo han
conseguido. La Cámara de Comptos vendrá a Ayegui y revisará el
expediente.
El equipo de gobierno de Ayegui Unido se niega a reconocer las
irregularidades e ilegalidades denunciadas, y ni siquiera se digna a
contestar a nuestras preguntas al respecto. Más pronto que tarde tendrá
que dar las explicaciones correspondientes a la Cámara de Comptos y a
los Tribunales de Justicia.
El equipo de gobierno de Ayegui Unido dificulta e impide que pueda
realizarse un informe técnico independiente del expediente de
contratación. No tengan ninguna duda que finalmente se realizará.
El equipo de gobierno de Ayegui Unido terminará respondiendo de su
actuación en este tema, no tengan ninguna duda.
En Ayegui-Aiegi a 4 de Marzo de 2019.
Fdo: Esperanza Gastea Hernández.
Concejal del Ayuntamiento de Ayegui, en representación del grupo municipal
Candidatura Independiente Irache.
Fdo: Francisco Javier Puerta Ezcurra.
Concejal del Ayuntamiento de Ayegui en representación del grupo municipal EH
BILDU”.